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Condiciones generales de venta

Condiciones generales de venta – Reino Unido

  1. Definiciones

En las presentes Condiciones de Venta: –

"la Ley" significa la Ley de Venta de Mercancías de 1979

"Día hábil" significa un día (que no sea sábado, domingo o festivo) en que los bancos de Londres estén abiertos al público.

"el Comprador" significa la(s) persona(s), empresa o sociedad a la(s) que la Empresa vende o ha acordado vender las Mercancías;

"la Empresa" significa Daler-Rowney Limited (número de empresa 194555) Daler-Rowney House, Southern Industrial Area, Bracknell, Berkshire, RG12 8SS;

"las Condiciones" significan las presentes Condiciones de Venta modificadas de vez en cuando de acuerdo con la condición 2(e) [y cualquier condición especial acordada por escrito por un representante autorizado de la Empresa y el Comprador];

"el Contrato" significa cualquier contrato formado de acuerdo con la condición 2(b) entre las partes para la compraventa de las Mercancías, de conformidad con las Condiciones;

"la Mercancía" significa todo o cualquier artículo que el Comprador compre o haya acordado comprar a la Empresa de conformidad con estas Condiciones; y

"Fuerza Mayor" significa circunstancias que escapan al control razonable de la Empresa, incluyendo, sin limitación y sin perjuicio de la generalidad de la expresión, casos fortuitos, guerra o emergencia nacional, actos de terrorismo, protestas, acciones y reglamentos gubernamentales, embargos, conflictos laborales, escasez de bienes o materiales, restricciones o retrasos que afecten a los transportistas, incendio, explosión, inundación, tempestad o epidemia.

"el Pedido" significa el pedido del Comprador de las Mercancías, tal y como se establece en el formulario de pedido de compra del Comprador, la aceptación por escrito del Comprador del presupuesto de la Empresa, o al dorso, según sea el caso.

  1. Incorporación de condiciones
  1. Las presentes Condiciones se aplicarán y se incorporarán al Contrato y, sin perjuicio de cualquier variación en virtud de la condición 2(e), el Contrato estará sujeto a las Condiciones, con exclusión de cualesquiera otros términos o condiciones (incluidos cualesquiera términos o condiciones del Comprador escritos en cualquier formulario de pedido o de otro modo, o que estén implícitos en el comercio, costumbre, práctica o trato) que no formen parte del Contrato. Si las Condiciones difieren en algún aspecto de cualesquiera otros términos o condiciones del Comprador, las Condiciones no constituyen una aceptación de la oferta o pedido del Comprador, sino una contraoferta.
  2. Todos los Contratos, presupuestos, aceptaciones de presupuestos y pedidos están sujetos a las Condiciones. Un presupuesto de la Empresa no constituye una oferta de venta, y cualquier pedido o aceptación de un presupuesto por parte del Comprador constituirá una oferta por parte del Comprador de comprar Mercancías sujetas a las Condiciones, que sólo se considerará aceptada cuando la Empresa emita la aceptación por escrito del Pedido o en caso de entrega anticipada.
  3. A menos que se retire previamente o se indique lo contrario, un presupuesto seguirá siendo válido durante un periodo de 30 días a partir de la fecha de emisión, tras lo cual estará sujeto a confirmación por parte de la Empresa en cuanto a cualquier validez contenida.
  4. El Comprador es responsable de que los términos del Pedido sean completos y exactos.
  5. Ninguna variación de las Condiciones tendrá efecto a menos que se estipule lo contrario en el presente documento o que la Empresa lo acuerde expresamente por escrito.
  1. Precio
  1. Salvo que la Empresa acuerde lo contrario por escrito, el precio de las Mercancías será el precio establecido en un Pedido o, si no se indica ningún precio, el precio establecido en las listas de precios actuales de la Empresa publicadas y en vigor en la fecha del Contrato.
  2. El precio de las Mercancías incluye los gastos de embalaje, transporte y entrega, pero excluye cualquier impuesto sobre el valor añadido y cualesquiera otros derechos, gravámenes y/o impuestos aplicables, importe que el Comprador abonará adicionalmente cuando pague las Mercancías.
  3. Cualquier pedido con un valor neto igual o inferior a 250 £ (o cualquier otra cifra que la Empresa notifique periódicamente por escrito) estará sujeto a unos gastos de gestión adicionales mínimos de 25 £.
  4. El valor mínimo actual por el que se aceptarán pedidos es de 100 £, a menos que la Empresa notifique lo contrario por escrito.
  5. La Empresa se reserva el derecho a cobrar gastos de envío adicionales cuando se acuerden fechas de entrega o devoluciones específicas.
  6. La Empresa podrá facturar al Comprador por las Mercancías en el momento o en cualquier momento después de que las Mercancías hayan sido enviadas.
  7. La Empresa podrá, mediante notificación al Comprador en cualquier momento antes de la entrega, aumentar el precio de las Mercancías para reflejar cualquier aumento del coste de las Mercancías que se deba a: (i) cualquier factor ajeno al control de la Empresa (incluidas fluctuaciones de divisas, aumentos de impuestos y aranceles, y aumentos de mano de obra, materiales y otros costes de fabricación); (ii) cualquier solicitud del Comprador de cambiar la(s) fecha(s) de entrega, las cantidades o los tipos de Bienes pedidos; o (iii) cualquier retraso causado por instrucciones del Comprador o por el hecho de que el Comprador no facilite a la Empresa información o instrucciones adecuadas o precisas.
  8. El Comprador dispone de 7 días a partir de la fecha de la factura para presentar una reclamación contra el precio facturado por La Empresa.
  1. Pago
  1. El Comprador deberá efectuar el pago de las cantidades debidas en virtud del Contrato en su totalidad y en fondos compensados en la divisa indicada en el Contrato y según las condiciones de pago acordadas indicadas en la factura de la Empresa. El pago se realizará en la cuenta bancaria designada por la Empresa.

El plazo de pago será esencial.

  1. El Comprador no tendrá derecho a realizar ninguna deducción del precio de las Mercancías mediante compensación, reconvención, deducción o retención (excepto por cualquier deducción o retención exigida por ley) o de otro modo, a menos que tanto la validez como el importe de la deducción hayan sido acordados por la Empresa por escrito. Dichas reclamaciones deberán hacerse a La Empresa en un plazo de 7 días a partir de la fecha de la factura.
  2. Si el Comprador no paga a la Empresa cualquier suma adeudada en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento del pago, la Empresa se reserva el derecho a reclamar intereses en virtud de la Ley de Morosidad en el Pago de Deudas Comerciales (Intereses) de 1998.
  3. Sin perjuicio de cualquiera de los demás derechos de la Empresa, si el Comprador no paga el precio total o una parte del mismo o cualquier otra cantidad pagadera por el Comprador en virtud del Contrato, la Empresa podrá: (i) negarse a suministrar más Mercancías y cancelar cualquier Pedido no completado sin incurrir en responsabilidad alguna frente al Comprador; y (ii) ejercer sus derechos a recuperar las Mercancías de conformidad con la condición 5.
  1. Propiedad
  1. La plena propiedad legal y efectiva de las Mercancías seguirá siendo de la Empresa y no pasará al Comprador a menos que y hasta que la Empresa haya recibido del Comprador, en su totalidad (en efectivo o fondos compensados), todas las sumas que se le adeuden en relación con (i) las Mercancías; y (ii) todas las demás sumas que sean o lleguen a ser adeudadas a la Empresa por el Comprador por cualquier concepto.
  2. Hasta que la propiedad de las Mercancías haya pasado al Comprador, sin perjuicio de los demás derechos de la Empresa, el Comprador deberá: (i) conservar los Bienes de forma fiduciaria como depositario de la Empresa; (ii) mantener los Bienes que se encuentren en las instalaciones del Comprador (o de su representante) en condiciones satisfactorias y asegurarlos, por el precio íntegro, contra todo riesgo y, si la Empresa lo solicita por escrito, hacer constar el interés de la Empresa en los Bienes en la póliza de seguro del Comprador y presentar la póliza de seguro a la Empresa; (iii) mantener los Bienes libres de cargas, gravámenes y otras cargas; (iv) hacer que los Bienes estén claramente identificados y almacenados aparte de todos los demás bienes del Comprador o de cualquier tercero, de modo que sigan siendo fácilmente identificables como propiedad de la Empresa; (v) no destruir, desfigurar u ocultar ninguna marca de identificación o embalaje de los Bienes o relacionados con ellos; y (vi) tener derecho a revender o utilizar los Bienes en el curso ordinario de su actividad (a menos que la Empresa revoque dicho derecho por escrito) y vender o utilizar aquellos Bienes que hayan estado más tiempo en su posesión.
  3. Hasta que la propiedad de los Bienes haya pasado al Comprador, sin perjuicio de los demás derechos de la Empresa, ésta tendrá derecho a: (i) exigir la devolución inmediata de las Mercancías y a revender las Mercancías previa solicitud y, a tal efecto, el Comprador concede a la Empresa, sus directivos, empleados o agentes una licencia irrevocable para entrar en cualquier momento en cualquier local en el que las Mercancías estén o puedan estar almacenadas con el fin de inspeccionar o recuperar las Mercancías. Dicha devolución o recuperación de la posesión se realizará sin perjuicio de la obligación del Comprador de adquirir las Mercancías si la Empresa así lo requiere (sujeto o no a cualquier condición de pago o de otro tipo que la Empresa, a su entera discreción, pueda imponer); (ii) recuperar el pago de las Mercancías a pesar de que la propiedad de cualquiera de las Mercancías no haya pasado al Comprador; (iii) designar a cualquier persona para que tenga pleno acceso a todas las cuentas, documentos y papeles del Comprador relacionados con las transacciones del Comprador con la Empresa, las Mercancías o el producto de la venta de las Mercancías.
  4. Nada de lo dispuesto en esta condición 5 conferirá derecho alguno al Comprador a devolver las Mercancías o a rechazar o retrasar el pago de las mismas.
  5. Los bienes que constituyan material de merchandising y punto de venta, cuando se proporcionen gratuitamente, seguirán siendo propiedad de la Empresa en todo momento.
  6. Dependiendo de la naturaleza de la devolución, la Empresa aplicará una tasa de devolución del 20% basada en el valor facturado de la mercancía devuelta.
  1. Riesgo

Sujeto a lo dispuesto a continuación, las Mercancías correrán por cuenta y riesgo del Comprador a partir de la primera de las siguientes circunstancias: (i) la transmisión de la propiedad de las Mercancías al Comprador según lo dispuesto en la condición 5; o (ii) la entrega de las Mercancías según lo dispuesto en la condición 7.

  1. Entrega
  1. Salvo que la Empresa indique lo contrario por escrito, la Empresa enviará las Mercancías al lugar establecido en el Pedido o a cualquier otro lugar que las partes acuerden (el "Lugar de Entrega") dentro de un plazo razonable tras la recepción del pedido del Comprador. Si la Empresa especifica una fecha para la entrega, dicha fecha se indicará y se entenderá únicamente como una estimación, y el plazo de entrega no será esencial.
  2. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, se considerará que la entrega y la aceptación de las Mercancías por parte del Comprador tienen lugar en un plazo de 3 días a partir de la entrega física de las Mercancías en el Lugar de Entrega.
  3. La firma de cualquier albarán de entrega por cualquier agente, empleado, nominado o representante del Comprador o por cualquier transportista independiente será prueba concluyente de la entrega.
  4. Sin perjuicio de las demás disposiciones de las Condiciones, la Empresa no será responsable de ningún retraso en la entrega de las Mercancías (aunque haya sido causado por negligencia de la Empresa), ni ningún retraso dará derecho al Comprador a resolver o rescindir el Contrato, a menos que dicho retraso sea superior a 5 días.
  5. La Empresa no será responsable de ningún retraso en la entrega de las Mercancías que esté causado por un acontecimiento de Fuerza Mayor o por el hecho de que el Comprador no facilite a la Empresa las instrucciones de entrega adecuadas u otras instrucciones que sean relevantes para el suministro de las Mercancías.
  6. Sin perjuicio de cualesquiera derechos de la Empresa en virtud del presente, si el Comprador no acepta la entrega de las Mercancías cuando estén listas para su entrega, o la Empresa no puede entregar las Mercancías a tiempo porque el Comprador no ha facilitado las instrucciones, documentos, licencias, consentimientos y autoridades adecuados (i) el Comprador pagará a la Empresa, como complemento del precio del Contrato, todos los costes de tránsito, almacenamiento y seguro, así como cualquier otro coste en que incurra la Empresa como consecuencia de ello; (ii) el riesgo de las Mercancías pasará al Comprador (incluso en caso de pérdida o daño causado por negligencia de la Empresa); y (iii) las Mercancías se considerarán entregadas a las 9:00 h del tercer Día Hábil posterior al día en que la Empresa notificó al Comprador que las Mercancías estaban listas.
  7. La Empresa tendrá derecho a entregar las Mercancías por plazos separados y a determinar la ruta y la forma de entrega de las Mercancías y, a efectos de la Sección 32 (2) de la Ley, se considerará que tiene la autoridad del Comprador para celebrar el contrato con cualquier transportista que le parezca razonable a la Empresa.
  8. Cada plazo será un Contrato independiente que se facturará y pagará por separado y estará sujeto a las Condiciones (con las modificaciones necesarias). Ninguna cancelación o rescisión de un Contrato relativo a un plazo dará derecho al Comprador a repudiar o cancelar cualquier otro Contrato o plazo.
  9. La Empresa no será responsable de la falta de entrega de las Mercancías (aunque haya sido causada por negligencia de la Empresa) a menos que el Comprador notifique por escrito a la Empresa la falta de entrega en un plazo de 5 días a partir de la fecha en que las Mercancías se habrían recibido en el curso normal de los acontecimientos.
  10. Cualquier responsabilidad de la Empresa por la falta de entrega de las Mercancías se limitará, (a discreción de la Empresa), a (a) la entrega de las Mercancías dentro de un plazo razonable; (b) la sustitución de las Mercancías por otras de descripción y calidad similares dentro de un plazo razonable; o; (c) la emisión de una nota de crédito a la tarifa prorrateada del Contrato contra cualquier factura emitida por dichas Mercancías.
  11. La cantidad de cualquier envío de Mercancías registrada por la Empresa en el momento del envío desde el establecimiento de la Empresa será prueba concluyente de la cantidad recibida por el Comprador en el momento de la entrega, a menos que el Comprador pueda aportar pruebas concluyentes que demuestren lo contrario.
  1. Garantía
  1. La Empresa no ofrece ninguna garantía con respecto a las Mercancías (o cualquier parte de las Mercancías) que no hayan sido fabricadas por la Empresa pero, siempre que sea posible, cederá al Comprador el beneficio de cualquier garantía obtenida por la Empresa del fabricante o proveedor de dichas Mercancías (pero sin que nada obligue a la Empresa a iniciar procedimientos contra dicho fabricante o proveedor ni a incurrir en gastos en relación con cualquier reclamación de este tipo por parte del Comprador).
  2. La Empresa garantiza que (con sujeción a las demás disposiciones de las Condiciones) en el momento de la entrega, las Mercancías fabricadas por la Empresa: (i) ser de calidad satisfactoria en el sentido de la Ley; y (ii) ser razonablemente aptos para su finalidad ordinaria prevista
  3. La Empresa no será responsable del incumplimiento de la condición 8(b) a menos que: (i) el Comprador haya notificado por escrito el defecto a la Empresa en un plazo de 7 días a partir del momento en que el Comprador descubra o debiera razonablemente haber descubierto el defecto y, si el defecto es consecuencia de daños durante el transporte, haya introducido los detalles de dichos daños en el recibo de entrega o haya indicado en el recibo de entrega que las Mercancías no han sido examinadas y, en cualquiera de los dos casos, los detalles de dichos daños se notifiquen a la Empresa en un plazo de 7 días laborables a partir de la entrega. Se aconseja al Comprador que examine las Mercancías en consecuencia; y (ii) se da a la Empresa una oportunidad razonable después de recibir la notificación para examinar dichas Mercancías y el Comprador (si así se lo pide la Empresa) devuelve dichas Mercancías al lugar de actividad de la Empresa a costa de la Empresa para que el examen tenga lugar allí.
  4. La Empresa no será responsable del incumplimiento de la condición 8(b) si: (i) el Comprador hace un uso posterior de dichas Mercancías después de dar aviso conforme a la condición 8(c)(i); (ii) el defecto surge porque el Comprador no ha seguido las instrucciones de la Empresa en cuanto al almacenamiento, uso o mantenimiento de las Mercancías o (si no las hay) las buenas prácticas comerciales; (iii) el Comprador altera o repara dichas Mercancías sin el consentimiento por escrito de la Empresa; (iv) el defecto surge como resultado del desgaste normal, daño intencionado o negligencia, o (v) las Mercancías difieren de su descripción como resultado de cambios realizados para garantizar que cumplen los requisitos aplicables o normativos.
  5. Salvo en lo que respecta a las Mercancías (o parte de las Mercancías) no fabricadas por nosotros y con sujeción a las condiciones (c) y (d), si alguna de las Mercancías no se ajusta a la condición 8(b), la Empresa, a su elección, sustituirá o reparará dichas Mercancías (o la parte defectuosa) o reembolsará el precio de dichas Mercancías al precio prorrateado del Contrato, siempre que, si la Empresa así lo solicita, el Comprador, a expensas de la Empresa, devuelva las Mercancías o la parte de dichas Mercancías que sea defectuosa a la Empresa. Los Bienes devueltos sólo se aceptarán si van acompañados de un número de autorización de devolución válido obtenido de la Empresa.
  6. Si la Empresa cumple la condición 8(e), no tendrá ninguna otra responsabilidad por el incumplimiento de la condición 8(b) con respecto a dichas Mercancías.
  7. Los Bienes sustituidos o reparados pertenecerán a la Empresa hasta que la propiedad de dichos Bienes haya pasado al Comprador de acuerdo con la condición 5 y estarán sujetos a estas Condiciones (con las modificaciones necesarias).
  1. Limitación de responsabilidad
  1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la condición 8, las siguientes disposiciones establecen la responsabilidad total de la Empresa (incluida cualquier responsabilidad por los actos u omisiones de sus empleados, agentes y subcontratistas) ante el Comprador con respecto a: (i) cualquier incumplimiento de las Condiciones; (ii) cualquier uso o reventa por parte del Comprador de las Mercancías, o de cualquier producto que incorpore las Mercancías; y (iii) cualquier representación, declaración o acto u omisión doloso, incluida la negligencia, que surja en virtud del Contrato o en relación con el mismo.
  2. Todas las garantías, condiciones y otros términos implícitos por ley o derecho consuetudinario (excepto las condiciones implícitas por la sección 12 de la Ley), o por costumbre comercial o curso de negociación quedan, en la medida en que lo permita la ley, excluidos del Contrato.
  3. Nada de lo dispuesto en estas Condiciones excluye o limita la responsabilidad de la Empresa por: (i) muerte o daños personales causados por la negligencia de la Empresa o la negligencia de sus empleados; (ii) fraude o declaración fraudulenta; (iii) incumplimiento de las condiciones implícitas en el artículo 12 de la Ley; (iv) productos defectuosos según la Ley de Protección del Consumidor de 1987; o (v) cualquier asunto respecto al cual sería ilegal que la Empresa excluyera o limitara su responsabilidad.
  4. Sin perjuicio de las condiciones 9(b) y 9(c): (i) la responsabilidad total de la Empresa, ya sea contractual, extracontractual (incluida la negligencia), incumplimiento de obligaciones legales, declaración falsa o de cualquier otro modo que surja en virtud del Contrato o en relación con el mismo, se limitará al precio del Contrato.
  5. Sujeto a la condición 9(b) y a la condición 9(c), la Empresa no será responsable por agravio (incluida negligencia), contrato, incumplimiento de deberes legales, tergiversación o de cualquier otro modo, e incluso si es previsible por la Empresa, de cualquier reclamación, daño, pérdida o coste con respecto a (ya sea directo o indirecto):
  1. pérdida de beneficios;
  2. pérdida de negocio y/o interrupción del negocio;
  3. pérdida de ahorros y/o contratos previstos;
  4. pérdida de uso;
  5. pérdida de oportunidades;
  6. pérdida del fondo de comercio; o
  7. cualquier pérdida o daño indirecto, consecuente o especial.
  1. El Comprador reconoce que no se ha basado en ninguna declaración dada por la Empresa o en su nombre sobre cualquier asunto relacionado con las Mercancías que no esté establecido en el Contrato.
  1. Propiedad intelectual

Cualquier patente, marca registrada, copyright u otro derecho de propiedad industrial o intelectual relacionado con (i) cualquiera de los Productos fabricados por la Empresa y (ii) cualquier material de merchandising o de punto de venta suministrado por la Empresa seguirá siendo propiedad absoluta de la Empresa y no se divulgará ni copiará sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Empresa.

  1. Indemnización

El Comprador indemnizará a la Empresa y la mantendrá indemne frente a todos los costes, reclamaciones, demandas y gastos, cualquiera que sea su origen, relacionados con cualquier responsabilidad que pueda exigirse a la Empresa o que ésta pueda sufrir, pagar o incurrir en relación con las Mercancías, siempre que dichos costes, reclamaciones, demandas y gastos no se deban a ningún acto, omisión, negligencia o incumplimiento intencionado de la Empresa o de sus empleados o agentes.

  1. Anulación

Los pedidos que hayan sido aceptados por la Empresa sólo podrán cancelarse con el consentimiento por escrito de la Empresa, que se otorgará únicamente en condiciones en las que el Comprador indemnizará a la Empresa por cualquier pérdida en la que ésta incurra en relación con el pedido cancelado. En caso de cancelación, todas las sumas pagaderas vencerán inmediatamente. Las mercancías devueltas sin el consentimiento por escrito de la Empresa no se aceptarán a crédito. Dependiendo de la naturaleza de la devolución, la Empresa aplicará una tasa de devolución del 20% basada en el valor facturado de la mercancía devuelta.

 

  1. Asignación
  1. El Comprador no cederá ni transferirá ni pretenderá ceder o transferir ningún Contrato o el beneficio del mismo a ninguna persona sin el consentimiento por escrito de la Empresa.
  2. La Empresa podrá ceder, transferir, hipotecar, gravar, subcontratar o negociar el Contrato o cualquier parte del mismo con cualquier persona.
  1. Fuerza mayor

Si la Empresa se ve impedida o retrasada en la entrega de las Mercancías o de cualquier parte de las mismas, o en el cumplimiento del Contrato o de cualquier parte del mismo, por causa de Fuerza Mayor, tendrá derecho, a su elección, ejercitable mediante notificación por escrito y sin responsabilidad para con el Comprador, a (i) cancelar el Contrato; (ii) reducir el volumen de los Bienes pedidos por el Comprador; (iii) ajustar el precio de los Bienes; o (iv) prorrogar, a partir de cualquier fecha de entrega estimada, el plazo o plazos de entrega por un periodo equivalente a aquel durante el cual se haya impedido dicha entrega o suministro, siempre que, si el acontecimiento en cuestión se prolonga durante un periodo continuado superior a 30 días, el Comprador tendrá derecho a notificar por escrito a la Empresa la resolución del Contrato.

  1. Renuncia
  1. Cualquier incumplimiento o retraso por parte de la Empresa en el ejercicio de cualquier disposición del Contrato no constituirá una renuncia a ninguno de sus derechos o recursos en virtud del Contrato.
  2. Cualquier renuncia por parte de la Empresa a cualquier incumplimiento o falta de cumplimiento del Contrato por parte del Comprador no se considerará una renuncia a cualquier incumplimiento o falta de cumplimiento posterior y no afectará en modo alguno a los demás términos del Contrato.
  1. Insolvencia e incumplimiento del Comprador
  1. El derecho del Comprador a la posesión de las Mercancías terminará inmediatamente y la Empresa podrá detener cualquier Mercancía en tránsito y suspender futuras entregas de las Mercancías y, mediante notificación por escrito al Comprador, resolver inmediatamente el Contrato sin perjuicio de la licencia concedida a los empleados y agentes de la Empresa en virtud de la condición 5 (c) o de cualesquiera otros derechos o reclamaciones que la Empresa pueda tener contra el Comprador, incluidos, sin limitación, los derechos de la Empresa en virtud de la condición 4 (d) si el Comprador: (i) sufre o se ve amenazado por cualquier caso de insolvencia, o cualquier procedimiento análogo; (ii) incumple o incumple cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato o de cualquier otro contrato entre las partes; (iii) deja de comerciar; o (iv) grava o carga de cualquier modo cualquiera de las Mercancías.
  2. La resolución o suspensión del Contrato, cualquiera que sea su causa, no afectará a ninguno de los derechos y recursos de las partes que se hayan devengado en el momento de la resolución. Las condiciones que, expresa o implícitamente, sobrevivan a la resolución del Contrato continuarán en pleno vigor y efecto.
  1. Protección de datos
  1. El Comprador da su consentimiento explícito al tratamiento de cualquier dato personal (tal y como se define dicho término en la Ley de Protección de Datos de 1998) proporcionado por el Comprador para fines relacionados con la ejecución del Contrato, que incluirá, cuando proceda, los siguientes fines especificados: (i) la obtención de referencias de crédito con el fin de que la Empresa pueda decidir si ofrece condiciones de crédito al Comprador; (ii) la facilitación por parte de la Empresa, previa solicitud, de referencias de crédito comercial; (iii) el intercambio de los datos personales con otros acreedores en caso de impago o problemas de pago experimentados con el Comprador por parte de la Empresa; y (iv) la transferencia de los datos personales del Comprador fuera del Espacio Económico Europeo, concretamente EE.UU.
  2. El Comprador se compromete a notificar a la Empresa y mantenerla informada de cualquier cambio en los datos personales facilitados a la Empresa antes o en el momento del primer pedido de Productos a la Empresa, y a ayudar a la Empresa a cumplir con las obligaciones de la Empresa en virtud de lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos de 1998.
  3. Las partes acuerdan que cumplirán sus respectivas obligaciones en virtud de la Ley de Protección de Datos de 1998.
  1. Confidencialidad

Salvo que lo exija la ley o cualquier autoridad reguladora o gubernamental pertinente, o en la medida en que la información haya pasado a ser de dominio público por causas ajenas a la parte receptora, cada una de las partes tratará como estrictamente confidencial toda la información de carácter reservado o confidencial relacionada con el Contrato o derivada de cualquier negociación entre las partes, y sólo divulgará dicha información a aquellos de sus empleados que tengan necesidad de conocerla. Las obligaciones derivadas de esta condición 18 se aplicarán durante 12 meses a partir de la fecha del pedido más reciente del Comprador aceptado por la Empresa.

  1. Avisos
  1. Cualquier notificación u otra comunicación enviada a una parte en virtud del Contrato o en relación con el mismo se realizará por escrito, se dirigirá a dicha parte a su domicilio social (si se trata de una empresa) o a su centro de actividad principal (en cualquier otro caso) o a cualquier otra dirección que dicha parte haya especificado por escrito a la otra parte de conformidad con esta condición, y se entregará personalmente enviada por correo de primera clase prepagado u otro servicio de entrega al día siguiente laborable, mensajería comercial o fax,.
  2. Una notificación u otra comunicación se considerará recibida: si se entrega personalmente, cuando se deje en la dirección mencionada en la condición 19(a); si se envía por correo prepagado de primera clase u otro servicio de entrega al siguiente día laborable, a las 9:00 de la mañana del segundo Día Hábil después del envío; si se entrega por mensajero comercial, en la fecha y hora en que se firme el recibo de entrega del mensajero; o si se envía por fax, un Día Hábil después de la transmisión.
  3. Las disposiciones de esta condición, no se aplicarán a la notificación de cualquier procedimiento u otros documentos en cualquier acción legal.
  1. Acuerdo completo

El Contrato constituye la totalidad del acuerdo y entendimiento de las partes con respecto al objeto del Contrato y sustituye a cualquier acuerdo, representación, convenio o entendimiento anterior (ya sea oral o escrito) entre ellas en relación con el objeto del mismo.

Cada una de las partes reconoce que celebrará el Contrato basándose únicamente en las declaraciones, garantías, promesas y términos específicamente contenidos en el Contrato.

  1. No beneficia a terceros

Salvo que se estipule expresamente en el Contrato, ninguna cláusula del Contrato será ejecutable en virtud de la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 199 en modo alguno por ninguna persona que no sea parte del mismo.

  1. Indemnización

Si alguna disposición de las Condiciones es considerada por cualquier autoridad competente como inválida, nula, irrazonable o inaplicable en su totalidad o en parte, se considerará separable y las restantes disposiciones de las Condiciones seguirán siendo de aplicación.

  1. Ley aplicable y jurisdicción

El Contrato y cualquier disputa o reclamación (contractual o extracontractual) que surja de o en relación con el mismo o su objeto o formación se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes de Inglaterra y las partes acuerdan irrevocablemente que los tribunales de Inglaterra tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa o reclamación (contractual o extracontractual) que surja de o en relación con el Contrato, su objeto o formación.

Condiciones generales de venta – Irlanda EUR

En las presentes Condiciones de Venta: –

"la Ley" significa la Ley de Venta de Mercancías de 1979

"Día hábil" significa un día (que no sea sábado, domingo o festivo) en que los bancos de Londres estén abiertos al público.

"el Comprador" significa la(s) persona(s), empresa o sociedad a la(s) que la Empresa vende o ha acordado vender la Mercancía;

"la Empresa" significa Daler-Rowney Limited (número de empresa 194555) Daler Rowney House, Southern Industrial Area, Bracknell, Berkshire, RG12 8SS;

"las Condiciones" significan las presentes Condiciones de Venta modificadas de vez en cuando de acuerdo con la condición 2(e) [y cualquier condición especial acordada por escrito por un representante autorizado de la Empresa y el Comprador ];

"el Contrato" significa cualquier contrato formado de acuerdo con la condición 2(b) entre las partes para la compraventa de las Mercancías, de acuerdo con las Condiciones;

"la Mercancía" significa todo o cualquier artículo que el Comprador compre o haya acordado comprar a la Empresa de conformidad con estas Condiciones; y

"Fuerza Mayor" significa circunstancias que escapan al control razonable de la Empresa, incluyendo, sin limitación y sin perjuicio de la generalidad de la expresión, casos fortuitos, guerra o emergencia nacional, actos de terrorismo, protestas, acciones y reglamentos gubernamentales, embargos, conflictos laborales, escasez de bienes o materiales, restricciones o retrasos que afecten a los transportistas, incendio, explosión, inundación, tempestad o epidemia.

"el Pedido" significa el pedido del Comprador de las Mercancías, tal y como se establece en el formulario de pedido de compra del Comprador, la aceptación por escrito del Comprador del presupuesto de la Empresa, o al dorso, según sea el caso.

2. Incorporación de condiciones

(a) Las presentes Condiciones se aplicarán e incorporarán al Contrato y, sin perjuicio de cualquier variación en virtud de la condición 2(e), el Contrato estará sujeto a las Condiciones con exclusión de cualesquiera otros términos o condiciones (incluidos cualesquiera términos o condiciones del Comprador escritos en cualquier formulario de pedido o de otro modo, o que estén implícitos en el comercio, costumbre, práctica o trato) que no formen parte del Contrato. Si las Condiciones difieren en algún aspecto de cualesquiera otros términos o condiciones del Comprador, las Condiciones no constituyen una aceptación de la oferta o pedido del Comprador, sino una contraoferta.

(b) Todos los Contratos, presupuestos, aceptaciones de presupuestos y pedidos están sujetos a las Condiciones. Un presupuesto de la Empresa no constituye una oferta de venta, y cualquier pedido o aceptación de un presupuesto por parte del Comprador constituirá una oferta por parte del Comprador de comprar Mercancías sujetas a las Condiciones, que sólo se considerará aceptada cuando la Empresa emita la aceptación por escrito del Pedido o en caso de entrega anticipada.

(c) A menos que se retire previamente o se indique lo contrario, una cotización seguirá siendo válida durante un periodo de 30 días a partir de la fecha de emisión, tras lo cual estará sujeta a confirmación por parte de la Empresa en cuanto a cualquier validez contenida.

(d) El Comprador es responsable de que los términos del Pedido sean completos y exactos.

(e) Ninguna variación de las Condiciones tendrá efecto a menos que se estipule lo contrario en el presente documento o que la Empresa lo acuerde expresamente por escrito.

3. Precio

(a) Salvo que la Empresa acuerde lo contrario por escrito, el precio de las Mercancías será el precio establecido en un Pedido o, si no se indica ningún precio, el precio establecido en las listas de precios actuales de la Empresa publicadas y en vigor en la fecha del Contrato.

(b) El precio de las Mercancías incluye los gastos de embalaje, transporte y entrega, pero excluye cualquier impuesto sobre el valor añadido y cualesquiera otros derechos, gravámenes y/o impuestos aplicables, importe que el Comprador deberá abonar adicionalmente cuando pague las Mercancías.

(c) El valor mínimo actual por el que se aceptarán pedidos es de 500 euros, a menos que la Empresa notifique lo contrario por escrito.

(d) La Empresa se reserva el derecho a cobrar gastos de entrega adicionales cuando se acuerden fechas de entrega o devoluciones específicas.

(e) La Empresa podrá facturar al Comprador por las Mercancías en cualquier momento después de que las Mercancías hayan sido enviadas.

(f) La Empresa podrá, mediante notificación al Comprador en cualquier momento antes de la entrega, aumentar el precio de las Mercancías para reflejar cualquier incremento en el coste de las Mercancías que se deba a: (i) cualquier factor ajeno al control de la Empresa (incluidas fluctuaciones de divisas, aumentos de impuestos y aranceles, y aumentos de mano de obra, materiales y otros costes de fabricación); (ii) cualquier solicitud del Comprador de cambiar la(s) fecha(s) de entrega, las cantidades o los tipos de Bienes pedidos; o (iii) cualquier retraso causado por instrucciones del Comprador o por el hecho de que el Comprador no facilite a la Empresa información o instrucciones adecuadas o precisas.

4. Pago

(a) El pago de las cantidades debidas en virtud del Contrato deberá ser efectuado por el Comprador en su totalidad y en fondos compensados en la divisa indicada en el Contrato y según las condiciones de pago acordadas indicadas en la factura de la Empresa. El pago se realizará en la cuenta bancaria designada por la Empresa.

El plazo de pago será esencial.

(b) El Comprador no tendrá derecho a realizar ninguna deducción del precio de las Mercancías mediante compensación, reconvención, deducción o retención (excepto por cualquier deducción o retención exigida por ley) o de otro modo, a menos que tanto la validez como el importe de la deducción hayan sido acordados por escrito por la Empresa.

(c) Si el Comprador no paga a la Empresa cualquier suma adeudada en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento para el pago, la Empresa se reserva el derecho a reclamar intereses en virtud de la Ley de Morosidad en el Pago de Deudas Comerciales (Intereses) de 1998.

(d) Sin perjuicio de los demás derechos de la Empresa, si el Comprador no paga el precio total o una parte del mismo o cualquier otra cantidad que deba pagar en virtud del Contrato, la Empresa podrá: (i) negarse a suministrar más Mercancías y cancelar cualquier Pedido no completado sin incurrir en responsabilidad alguna frente al Comprador; y (ii) ejercer sus derechos a recuperar las Mercancías de conformidad con la condición 5.

5. Propiedad

(a) La plena propiedad legal y efectiva de las Mercancías seguirá siendo de la Empresa y no pasará al Comprador a menos que y hasta que la Empresa haya recibido del Comprador, en su totalidad (en efectivo o fondos compensados), todas las sumas que se le adeuden en relación con (i) las Mercancías; y (ii) todas las demás sumas que sean o lleguen a ser adeudadas a la Empresa por el Comprador por cualquier concepto.

(b) Hasta que la propiedad de las Mercancías haya pasado al Comprador, sin perjuicio de los demás derechos de la Empresa, el Comprador deberá: (i) conservar las mercancías de forma fiduciaria como depositario de la Empresa; (ii) mantener las Mercancías que se encuentren en las instalaciones del Comprador (o de su representante) en condiciones satisfactorias y asegurarlas, por el precio íntegro, contra todo riesgo y, si la Empresa lo solicita por escrito, hacer constar el interés de la Empresa en las Mercancías en la póliza de seguro del Comprador y presentar la póliza de seguro a la Empresa; (iii) mantener las Mercancías libres de cargas, gravámenes y otras cargas; (iv) hacer que los Bienes estén claramente identificados y almacenados aparte de todos los demás bienes del Comprador o de cualquier tercero, de modo que sigan siendo fácilmente identificables como propiedad de la Empresa; (v) no destruir, desfigurar u ocultar ninguna marca de identificación o embalaje de los Bienes o relacionados con ellos; y (vi) tener derecho a revender o utilizar los Bienes en el curso ordinario de su actividad (a menos que la Empresa revoque dicho derecho por escrito) y vender o utilizar aquellos Bienes que hayan estado más tiempo en su posesión.

(c) Hasta que la propiedad de las Mercancías haya pasado al Comprador, sin perjuicio de los demás derechos de la Empresa, ésta tendrá derecho a: (i) exigir la devolución inmediata de las Mercancías y revender las Mercancías a petición y, a tal efecto, el Comprador concede a la Empresa, sus directivos, empleados o agentes una licencia irrevocable para entrar en cualquier momento en cualquier local en el que las Mercancías estén o puedan estar almacenadas con el fin de inspeccionar o recuperar las Mercancías. Dicha devolución o recuperación de la posesión se realizará sin perjuicio de la obligación del Comprador de adquirir las Mercancías si la Empresa así lo requiere (sujeto o no a cualquier condición de pago o de otro tipo que la Empresa, a su entera discreción, pueda imponer); (ii) recuperar el pago de las Mercancías a pesar de que la propiedad de cualquiera de las Mercancías no haya pasado al Comprador; (iii) designar a cualquier persona para que tenga pleno acceso a todas las cuentas, documentos y papeles del Comprador relacionados con las transacciones del Comprador con la Empresa, las Mercancías o el producto de la venta de las Mercancías.

(d) Nada de lo dispuesto en esta condición 5 conferirá derecho alguno al Comprador a devolver las Mercancías o a rechazar o retrasar el pago de las mismas.

(e) Los bienes que constituyan material de merchandising y punto de venta, cuando se proporcionen gratuitamente, seguirán siendo propiedad de la Empresa en todo momento.

6. Riesgo

Sujeto a lo dispuesto a continuación, las Mercancías correrán por cuenta y riesgo del Comprador a partir de la primera de las siguientes circunstancias: (i) la transmisión de la propiedad de las Mercancías al Comprador según lo dispuesto en la condición 5; o (ii) la entrega de las Mercancías según lo dispuesto en la condición 7.

7. Entrega

(a) Salvo que la Empresa indique lo contrario por escrito, la Empresa enviará las Mercancías al lugar establecido en el Pedido o a cualquier otro lugar que las partes acuerden (el "Lugar de Entrega") dentro de un plazo razonable tras la recepción del pedido del Comprador. Si la Empresa especifica una fecha para la entrega, dicha fecha se indicará y se entenderá únicamente como una estimación, y el plazo de entrega no será esencial.

(b) Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, se considerará que la entrega y la aceptación de las Mercancías por parte del Comprador tienen lugar dentro de los 3 días siguientes a la entrega física de las Mercancías en el Lugar de Entrega.

(c) La firma de cualquier albarán de entrega por cualquier agente, empleado, nominado o representante del Comprador o por cualquier transportista independiente será prueba concluyente de la entrega.

(d) Sin perjuicio de las demás disposiciones de las Condiciones, la Empresa no será responsable de ningún retraso en la entrega de las Mercancías (aunque sea causado por negligencia de la Empresa), ni ningún retraso dará derecho al Comprador a resolver o rescindir el Contrato, a menos que dicho retraso sea superior a 5 días.

(e) La Empresa no será responsable de ningún retraso en la entrega de las Mercancías que esté causado por un acontecimiento de Fuerza Mayor o por el hecho de que el Comprador no facilite a la Empresa las instrucciones de entrega adecuadas u otras instrucciones que sean relevantes para el suministro de las Mercancías.

(f) Sin perjuicio de cualquier derecho de la Empresa en virtud del presente, si el Comprador no acepta la entrega de las Mercancías cuando estén listas para su entrega, o la Empresa no puede entregar las Mercancías a tiempo porque el Comprador no ha proporcionado las instrucciones, documentos, licencias, consentimientos y autoridades adecuados:

(i) el Comprador pagará a la Empresa, como complemento del precio del Contrato, todos los costes de tránsito, almacenamiento y seguro, así como cualquier otro coste en que incurra la Empresa como consecuencia de ello; (ii) el riesgo de las Mercancías pasará al Comprador (incluso en caso de pérdida o daño causado por negligencia de la Empresa); y (iii) las Mercancías se considerarán entregadas a las 9:00 h del tercer Día Hábil posterior al día en que la Empresa notificó al Comprador que las Mercancías estaban listas.

(g) La Empresa tendrá derecho a entregar las Mercancías por plazos separados y a determinar la ruta y la forma de entrega de las Mercancías y, a los efectos del Artículo 32 (2) de la Ley, se considerará que tiene la autoridad del Comprador para celebrar el contrato con cualquier transportista que le parezca razonable a la Empresa.

(h) Cada plazo será un Contrato independiente que se facturará y pagará por separado y estará sujeto a las Condiciones (con las modificaciones necesarias). Ninguna cancelación o rescisión de un Contrato relativo a un plazo dará derecho al Comprador a repudiar o cancelar cualquier otro Contrato o plazo.

(i) La Empresa no será responsable de la falta de entrega de las Mercancías (aunque haya sido causada por negligencia de la Empresa) a menos que el Comprador notifique por escrito a la Empresa la falta de entrega en un plazo de 5 días a partir de la fecha en que las Mercancías se habrían recibido en el curso normal de los acontecimientos.

(j) Cualquier responsabilidad de la Empresa por la falta de entrega de las Mercancías se limitará, (a discreción de la Empresa), a (a) la entrega de las Mercancías dentro de un plazo razonable; (b) la sustitución de las Mercancías por otras de descripción y calidad similares dentro de un plazo razonable; o; (c) la emisión de una nota de crédito a la tarifa prorrateada del Contrato contra cualquier factura emitida por dichas Mercancías.

(k) La cantidad de cualquier envío de Mercancías registrada por la Empresa en el momento del envío desde el establecimiento de la Empresa será prueba concluyente de la cantidad recibida por el Comprador en el momento de la entrega, a menos que el Comprador pueda aportar pruebas concluyentes que demuestren lo contrario.

8. Garantía

(a) La Empresa no ofrece ninguna garantía con respecto a las Mercancías (o cualquier parte de las Mercancías) que no hayan sido fabricadas por la Empresa pero, siempre que sea posible, cederá al Comprador el beneficio de cualquier garantía obtenida por la Empresa del fabricante o proveedor de dichas Mercancías (pero sin que nada obligue a la Empresa a iniciar procedimientos contra dicho fabricante o proveedor ni a incurrir en gastos en relación con cualquier reclamación de este tipo por parte del Comprador).

(b) La Empresa garantiza que (con sujeción a las demás disposiciones de las Condiciones) en el momento de la entrega, las Mercancías fabricadas por la Empresa: (i) ser de calidad satisfactoria en el sentido de la Ley; y (ii) ser razonablemente aptos para su finalidad ordinaria prevista

(c) La Empresa no será responsable del incumplimiento de la condición 8(b) a menos que: (i) el Comprador haya notificado por escrito el defecto a la Empresa en un plazo de 7 días a partir del momento en que el Comprador descubra o debiera razonablemente haber descubierto el defecto y, si el defecto es consecuencia de daños durante el transporte, haya introducido los detalles de dichos daños en el recibo de entrega o haya declarado en el recibo de entrega que las Mercancías no han sido examinadas y, en cualquiera de los dos casos, los detalles de dichos daños se notifiquen a la Empresa en un plazo de 7 días laborables a partir de la entrega. Se aconseja al Comprador que examine las Mercancías en consecuencia; y (ii) se da a la Empresa una oportunidad razonable después de recibir la notificación para examinar dichas Mercancías y el Comprador (si así se lo pide la Empresa) devuelve dichas Mercancías al lugar de actividad de la Empresa a costa de la Empresa para que el examen tenga lugar allí.

(d) La Empresa no será responsable del incumplimiento de la condición 8(b) si: (i) el Comprador hace cualquier otro uso de dichos Bienes después de haber dado aviso conforme a la condición 8(c)(i); (ii) el defecto surge porque el Comprador no siguió la

las instrucciones de la Empresa en cuanto al almacenamiento, uso o mantenimiento de las Mercancías o

(iii) el Comprador altera o repara dichos Productos sin el consentimiento por escrito de la Empresa; (iv) el defecto se produce como resultado del desgaste normal, daño intencionado o negligencia, o (v) los Productos difieren de su descripción como resultado de cambios realizados para garantizar que cumplen los requisitos aplicables o normativos.

(e) Salvo en lo que respecta a las Mercancías (o parte de las Mercancías) no fabricadas por nosotros y con sujeción a las condiciones (c) y (d), si alguna de las Mercancías no se ajusta a la condición 8(b), la Empresa, a su elección, sustituirá o reparará dichas Mercancías (o la parte defectuosa) o reembolsará el precio de dichas Mercancías al precio contractual prorrateado, siempre que, si la Empresa así lo solicita, el Comprador, a expensas de la Empresa, devuelva las Mercancías o la parte de dichas Mercancías que sea defectuosa a la Empresa. Los Bienes devueltos sólo se aceptarán si van acompañados de un número de autorización de devolución válido obtenido de la Empresa.

(f) Si la Empresa cumple la condición 8(e), no tendrá ninguna otra responsabilidad por el incumplimiento de la condición 8(b) con respecto a dichas Mercancías.

(g) Toda Mercancía sustituida o reparada pertenecerá a la Empresa hasta que la propiedad de dicha Mercancía haya pasado al Comprador de acuerdo con la condición 5 y estará sujeta a estas Condiciones (con las modificaciones necesarias).

9. Limitación de responsabilidad

(a) Sin perjuicio de lo dispuesto en la condición 8, las siguientes disposiciones establecen la responsabilidad total de la Empresa (incluida cualquier responsabilidad por los actos u omisiones de sus empleados, agentes y subcontratistas) ante el Comprador con respecto a: (i) cualquier incumplimiento de las Condiciones; (ii) cualquier uso o reventa por parte del Comprador de las Mercancías, o de cualquier producto que incorpore las Mercancías; y (iii) cualquier representación, declaración o acto u omisión doloso, incluida la negligencia, que surja en virtud del Contrato o en relación con el mismo.

(b) Todas las garantías, condiciones y otros términos implícitos por ley o derecho consuetudinario (salvo las condiciones implícitas por la sección 12 de la Ley), o por costumbre comercial o curso de negociación quedan, en la medida máxima permitida por la ley, excluidos del Contrato.

(c) Nada de lo dispuesto en estas Condiciones excluye o limita la responsabilidad de la Empresa por: (i) muerte o daños personales causados por la negligencia de la Empresa o la negligencia de sus empleados; (ii) fraude o declaración fraudulenta; (iii) incumplimiento de las condiciones implícitas en el artículo 12 de la Ley; (iv) productos defectuosos según la Ley de Protección del Consumidor de 1987; o (v) cualquier asunto respecto al cual sería ilegal que la Empresa excluyera o limitara su responsabilidad.

(d) Sujeto a la condición 9(b) y a la condición 9(c): (i) la responsabilidad total de la Empresa, ya sea contractual, extracontractual (incluida la negligencia), por incumplimiento de obligaciones legales, tergiversación o de cualquier otro modo, que surja en virtud del Contrato o en relación con el mismo, se limitará al precio del Contrato.

(e) Sin perjuicio de lo dispuesto en la condición 9(b) y la condición 9(c), la Empresa no será responsable por agravio (incluida negligencia), contrato, incumplimiento de obligación legal, tergiversación o de cualquier otro modo, e incluso si es previsible por la Empresa, de cualquier reclamación, daño, pérdida o coste (ya sea directo o indirecto):

(i) lucro cesante;

(ii) pérdida de negocio y/o interrupción de negocio;

(iii) Pérdida de ahorros y/o contratos previstos;

(iv) pérdida de uso;

(v) pérdida de oportunidades;

(vi) pérdida del fondo de comercio; o

(vii) cualquier pérdida o daño indirecto, consecuente o especial.

(f) El Comprador reconoce que no se ha basado en ninguna declaración dada por la Empresa o en su nombre sobre cualquier asunto relacionado con las Mercancías que no esté establecido en el Contrato.

10. Propiedad intelectual

Cualquier patente, marca registrada, copyright u otro derecho de propiedad industrial o intelectual relacionado con (i) cualquiera de los Productos fabricados por la Empresa y (ii) cualquier material de merchandising o de punto de venta suministrado por la Empresa seguirá siendo propiedad absoluta de la Empresa y no se divulgará ni copiará sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Empresa.

11. Indemnización

El Comprador indemnizará a la Empresa y la mantendrá indemne frente a todos los costes, reclamaciones, demandas y gastos, cualquiera que sea su origen, relacionados con cualquier responsabilidad que pueda exigirse a la Empresa o que ésta pueda sufrir, pagar o incurrir en relación con las Mercancías, siempre que dichos costes, reclamaciones, demandas y gastos no se deban a ningún acto, omisión, negligencia o incumplimiento intencionado de la Empresa o de sus empleados o agentes.

12. Anulación

Los pedidos que hayan sido aceptados por la Empresa sólo podrán cancelarse con el consentimiento por escrito de la Empresa, que se otorgará únicamente en condiciones en las que el Comprador indemnizará a la Empresa por cualquier pérdida en la que ésta incurra en relación con el pedido cancelado. En caso de cancelación, todas las sumas pagaderas vencerán inmediatamente. Las mercancías devueltas sin el consentimiento por escrito de la Empresa no se aceptarán a crédito.

13. Asignación

(a) El Comprador no cederá ni transferirá ni pretenderá ceder o transferir ningún Contrato o el beneficio del mismo a ninguna persona sin el consentimiento por escrito de la Empresa.

(b) La Empresa podrá ceder, transferir, hipotecar, gravar, subcontratar o negociar el Contrato o cualquier parte del mismo con cualquier persona.

14. Fuerza mayor

Si la Empresa se ve impedida o retrasada en la entrega de las Mercancías o de cualquier parte de las mismas, o en el cumplimiento del Contrato o de cualquier parte del mismo, por causa de Fuerza Mayor, tendrá derecho, a su elección, ejercitable mediante notificación por escrito y sin responsabilidad para con el Comprador, a (i) cancelar el Contrato; (ii) reducir el volumen de los Bienes pedidos por el Comprador; (iii) ajustar el precio de los Bienes; o (iv) prorrogar, a partir de cualquier fecha de entrega estimada, el plazo o plazos de entrega por un periodo equivalente a aquel durante el cual se haya impedido dicha entrega o suministro, siempre que, si el acontecimiento en cuestión se prolonga durante un periodo continuado superior a 30 días, el Comprador tendrá derecho a notificar por escrito a la Empresa la resolución del Contrato.

15. Renuncia

(a) Cualquier incumplimiento o retraso por parte de la Empresa en el ejercicio de cualquier disposición del Contrato no constituirá una renuncia a ninguno de sus derechos o recursos en virtud del Contrato.

(b) Cualquier renuncia por parte de la Empresa a cualquier incumplimiento o falta de cumplimiento del Contrato por parte del Comprador no se considerará una renuncia a cualquier incumplimiento o falta de cumplimiento posterior y no afectará en modo alguno a los demás términos del Contrato.

16. Insolvencia e incumplimiento del Comprador

(a) El derecho del Comprador a la posesión de las Mercancías terminará inmediatamente y la Empresa podrá detener cualquier Mercancía en tránsito y suspender futuras entregas de las Mercancías y, mediante notificación por escrito al Comprador, resolver inmediatamente el Contrato sin perjuicio de la licencia concedida a los empleados y agentes de la Empresa en virtud de la condición 5 (c) o de cualesquiera otros derechos o reclamaciones que la Empresa pueda tener contra el Comprador, incluidos, sin limitación, los derechos de la Empresa en virtud de la condición 4 (d) si el Comprador: (i) sufre o se ve amenazado por cualquier caso de insolvencia, o cualquier procedimiento análogo; (ii) incumple o incumple cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato o de cualquier otro contrato entre las partes; (iii) deja de comerciar; o (iv) grava o carga de cualquier modo cualquiera de las Mercancías.

(b) La resolución o suspensión del Contrato, cualquiera que sea su causa, no afectará a ninguno de los derechos y recursos de las partes que se hayan devengado en el momento de la resolución. Las condiciones que, de forma expresa o implícita, sobrevivan a la resolución del Contrato continuarán en pleno vigor y efecto.

17. Protección de datos

(a) El Comprador da su consentimiento explícito al tratamiento de cualquier dato personal (tal y como se define dicho término en la Ley de Protección de Datos de 1998) proporcionado por el Comprador para fines relacionados con la ejecución del Contrato, que incluirá, cuando proceda, los siguientes fines especificados: (i) la obtención de referencias de crédito con el fin de que la Empresa pueda decidir si ofrece condiciones de crédito al Comprador; (ii) la facilitación por parte de la Empresa, previa solicitud, de referencias de crédito comercial; (iii) el intercambio de los datos personales con otros acreedores en caso de impago o problemas de pago experimentados con el Comprador por parte de la Empresa; y (iv) la transferencia de los datos personales del Comprador fuera del Espacio Económico Europeo, concretamente EE.UU.

(b) El Comprador se compromete a notificar a la Empresa y mantenerla informada de cualquier cambio en los datos personales facilitados a la Empresa antes o en el momento del primer pedido de Productos a la Empresa, y a ayudar a la Empresa a cumplir con las obligaciones de la Empresa en virtud de lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos de 1998.

(c) Las partes acuerdan que cumplirán sus respectivas obligaciones en virtud de la Ley de Protección de Datos de 1998.

18. Confidencialidad

Salvo que lo exija la ley o cualquier autoridad reguladora o gubernamental pertinente, o en la medida en que la información haya pasado a ser de dominio público por causas ajenas a la parte receptora, cada una de las partes tratará como estrictamente confidencial toda la información de carácter reservado o confidencial relacionada con el Contrato o derivada de cualquier negociación entre las partes, y sólo divulgará dicha información a aquellos de sus empleados que tengan necesidad de conocerla. Las obligaciones derivadas de esta condición 18 se aplicarán durante 12 meses a partir de la fecha de

el pedido más reciente del Comprador aceptado por la Empresa. 19. Avisos

(a) Cualquier notificación u otra comunicación enviada a una parte en virtud del Contrato o en relación con el mismo se hará por escrito, se dirigirá a dicha parte a su domicilio social (si se trata de una sociedad) o a su centro de actividad principal (en cualquier otro caso) o a cualquier otra dirección que dicha parte haya especificado a la otra parte por escrito de conformidad con esta condición, y se entregará personalmente enviada por correo de primera clase prepagado u otro servicio de entrega al día siguiente laborable, mensajería comercial o fax,.

(b) Una notificación u otra comunicación se considerará recibida: si se entrega personalmente, cuando se deje en la dirección mencionada en la condición 19(a); si se envía por correo prepagado de primera clase u otro servicio de entrega al siguiente día laborable, a las 9:00 de la mañana del segundo Día Laborable después de su envío; si se entrega por mensajero comercial, en la fecha y hora en que se firme el recibo de entrega del mensajero; o si se envía por fax, un Día Laborable después de su transmisión.

(c) Las disposiciones de esta condición, no se aplicarán a la notificación de cualquier procedimiento u otros documentos en cualquier acción legal.

20. Acuerdo completo

El Contrato constituye la totalidad del acuerdo y entendimiento de las partes con respecto al objeto del Contrato y sustituye a cualquier acuerdo, representación, convenio o entendimiento anterior (ya sea oral o escrito) entre ellas en relación con el objeto del mismo.

Cada una de las partes reconoce que celebrará el Contrato basándose únicamente en las declaraciones, garantías, promesas y términos específicamente contenidos en el Contrato.

21. No beneficia a terceros

Salvo que se estipule expresamente en el Contrato, ninguna cláusula del Contrato será ejecutable en virtud de la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 199 en modo alguno por ninguna persona que no sea parte del mismo.

22. Indemnización

Si alguna disposición de las Condiciones es considerada por cualquier autoridad competente como inválida, nula, irrazonable o inaplicable en su totalidad o en parte, se considerará separable y las restantes disposiciones de las Condiciones seguirán siendo de aplicación.

23. Ley aplicable y jurisdicción

El Contrato y cualquier disputa o reclamación (contractual o extracontractual) que surja de o en relación con el mismo o su objeto o formación se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de Inglaterra y las partes acuerdan irrevocablemente que los tribunales de Inglaterra tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa o reclamación (contractual o extracontractual) que surja de o en relación con el Contrato, su objeto o formación.

Condiciones generales de venta – EXPORTACIÓN

1. Definiciones

En las presentes Condiciones de Venta: –

"la Ley" significa la Ley de Venta de Mercancías de 1979

"Día hábil" significa un día (que no sea sábado, domingo o festivo) en que los bancos de Londres estén abiertos al público.

"el Comprador" significa la(s) persona(s), empresa o sociedad a la(s) que la Empresa vende o ha acordado vender la Mercancía;

"la Empresa" significa Daler-Rowney Limited (número de empresa 194555) Daler Rowney House, Southern Industrial Area, Bracknell, Berkshire, RG12 8SS;

"las Condiciones" se refieren a estas Condiciones de Venta, modificadas periódicamente de acuerdo con la condición 2(e) [y cualquier condición especial acordada por escrito por un representante autorizado de la Empresa y el Comprador];

"el Contrato" significa cualquier contrato formado de acuerdo con la condición 2(b) entre las partes para la compraventa de las Mercancías, de acuerdo con las Condiciones;

"la Mercancía" significa todo o cualquier artículo que el Comprador compre o haya acordado comprar a la Empresa de conformidad con estas Condiciones; y

"Fuerza Mayor" significa circunstancias que escapan al control razonable de la Empresa, incluyendo, sin limitación y sin perjuicio de la generalidad de la expresión, casos fortuitos, guerra o emergencia nacional, actos de terrorismo, protestas, acciones y reglamentos gubernamentales, embargos, conflictos laborales, escasez de bienes o materiales, restricciones o retrasos que afecten a los transportistas, incendio, explosión, inundación, tempestad o epidemia.

"el Pedido" significa el pedido del Comprador de las Mercancías, tal y como se establece en el formulario de pedido de compra del Comprador, la aceptación por escrito del Comprador del presupuesto de la Empresa, o al dorso, según sea el caso.

2. Incorporación de condiciones

(a) Las presentes Condiciones se aplicarán e incorporarán al Contrato y, sin perjuicio de cualquier variación en virtud de la condición 2(e), el Contrato estará sujeto a las Condiciones con exclusión de cualesquiera otros términos o condiciones (incluidos cualesquiera términos o condiciones del Comprador escritos en cualquier formulario de pedido o de otro modo, o que estén implícitos en el comercio, costumbre, práctica o trato) que no formen parte del Contrato. Si las Condiciones difieren en algún aspecto de cualesquiera otros términos o condiciones del Comprador, las Condiciones no constituyen una aceptación de la oferta o pedido del Comprador, sino una contraoferta.

(b) Todos los Contratos, presupuestos, aceptaciones de presupuestos y pedidos están sujetos a las Condiciones. Un presupuesto de la Empresa no constituye una oferta de venta, y cualquier pedido o aceptación de un presupuesto por parte del Comprador constituirá una oferta por parte del Comprador de comprar Mercancías sujetas a las Condiciones, que sólo se considerará aceptada cuando la Empresa emita la aceptación por escrito del Pedido o en caso de entrega anticipada.

(c) A menos que se retire previamente o se indique lo contrario, una cotización seguirá siendo válida durante un periodo de 30 días a partir de la fecha de emisión, tras lo cual estará sujeta a confirmación por parte de la Empresa en cuanto a cualquier validez contenida.

(d) El Comprador es responsable de que los términos del Pedido sean completos y exactos.

(e) Ninguna variación de las Condiciones tendrá efecto a menos que se estipule lo contrario en el presente documento o que la Empresa lo acuerde expresamente por escrito.

3. Precio

(a) Salvo que la Empresa acuerde lo contrario por escrito, el precio de las Mercancías será el precio establecido en un Pedido o, si no se indica ningún precio, el precio establecido en las listas de precios actuales de la Empresa publicadas y en vigor en la fecha del Contrato.

(b) El precio de las Mercancías incluye los gastos de embalaje, transporte y entrega, pero excluye cualquier impuesto sobre el valor añadido y cualesquiera otros derechos, gravámenes y/o impuestos aplicables, importe que el Comprador deberá abonar adicionalmente cuando pague las Mercancías. **Todos los precios de exportación se cotizan "en fábrica".

(c) El valor mínimo actual por el que se aceptarán pedidos es de 1.000,00 £, a menos que la Empresa notifique lo contrario por escrito.

(d) La Empresa se reserva el derecho a cobrar gastos de entrega adicionales cuando se acuerden fechas de entrega o devoluciones específicas.

(e) La Empresa podrá facturar al Comprador por las Mercancías en cualquier momento después de que las Mercancías hayan sido enviadas.

(f) La Empresa podrá, mediante notificación al Comprador en cualquier momento antes de la entrega, aumentar el precio de las Mercancías para reflejar cualquier incremento en el coste de las Mercancías que se deba a: (i) cualquier factor ajeno al control de la Empresa (incluidas fluctuaciones de divisas, aumentos de impuestos y aranceles, y aumentos de mano de obra, materiales y otros costes de fabricación); (ii) cualquier solicitud del Comprador de cambiar la(s) fecha(s) de entrega, las cantidades o los tipos de Bienes pedidos; o (iii) cualquier retraso causado por instrucciones del Comprador o por el hecho de que el Comprador no facilite a la Empresa información o instrucciones adecuadas o precisas.

4. Pago

(a) El pago de las cantidades debidas en virtud del Contrato deberá ser efectuado por el Comprador en su totalidad y en fondos compensados en la divisa indicada en el Contrato y según las condiciones de pago acordadas indicadas en la factura de la Empresa. El pago se realizará en la cuenta bancaria designada por la Empresa.

El plazo de pago será esencial.

(b) El Comprador no tendrá derecho a realizar ninguna deducción del precio de las Mercancías mediante compensación, reconvención, deducción o retención (excepto por cualquier deducción o retención exigida por ley) o de otro modo, a menos que tanto la validez como el importe de la deducción hayan sido acordados por escrito por la Empresa.

(c) Si el Comprador no paga a la Empresa cualquier suma adeudada en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento para el pago, la Empresa se reserva el derecho a reclamar intereses en virtud de la Ley de Morosidad en el Pago de Deudas Comerciales (Intereses) de 1998.

(d) Sin perjuicio de los demás derechos de la Empresa, si el Comprador no paga el precio total o una parte del mismo o cualquier otra cantidad que deba pagar en virtud del Contrato, la Empresa podrá: (i) negarse a suministrar más Mercancías y cancelar cualquier Pedido no completado sin incurrir en responsabilidad alguna frente al Comprador; y (ii) ejercer sus derechos a recuperar las Mercancías de conformidad con la condición 5.

5. Propiedad

(a) La plena propiedad legal y efectiva de las Mercancías seguirá siendo de la Empresa y no pasará al Comprador a menos que y hasta que la Empresa haya recibido del Comprador, en su totalidad (en efectivo o fondos compensados), todas las sumas que se le adeuden en relación con (i) las Mercancías; y (ii) todas las demás sumas que sean o lleguen a ser adeudadas a la Empresa por el Comprador por cualquier concepto.

(b) Hasta que la propiedad de las Mercancías haya pasado al Comprador, sin perjuicio de los demás derechos de la Empresa, el Comprador deberá: (i) conservar las mercancías de forma fiduciaria como depositario de la Empresa; (ii) mantener las Mercancías que se encuentren en las instalaciones del Comprador (o de su representante) en condiciones satisfactorias y asegurarlas, por el precio íntegro, contra todo riesgo y, si la Empresa lo solicita por escrito, hacer constar el interés de la Empresa en las Mercancías en la póliza de seguro del Comprador y presentar la póliza de seguro a la Empresa; (iii) mantener las Mercancías libres de cargas, gravámenes y otras cargas; (iv) hacer que los Bienes estén claramente identificados y almacenados aparte de todos los demás bienes del Comprador o de cualquier tercero, de modo que sigan siendo fácilmente identificables como propiedad de la Empresa; (v) no destruir, desfigurar u ocultar ninguna marca de identificación o embalaje de los Bienes o relacionados con ellos; y (vi) tener derecho a revender o utilizar los Bienes en el curso ordinario de su actividad (a menos que la Empresa revoque dicho derecho por escrito) y vender o utilizar aquellos Bienes que hayan estado más tiempo en su posesión.

(c) Hasta que la propiedad de las Mercancías haya pasado al Comprador, sin perjuicio de los demás derechos de la Empresa, ésta tendrá derecho a: (i) exigir la devolución inmediata de las Mercancías y revender las Mercancías a petición y, a tal efecto, el Comprador concede a la Empresa, sus directivos, empleados o agentes una licencia irrevocable para entrar en cualquier momento en cualquier local en el que las Mercancías estén o puedan estar almacenadas con el fin de inspeccionar o recuperar las Mercancías. Dicha devolución o recuperación de la posesión se realizará sin perjuicio de la obligación del Comprador de adquirir las Mercancías si la Empresa así lo requiere (sujeto o no a cualquier condición de pago o de otro tipo que la Empresa, a su entera discreción, pueda imponer); (ii) recuperar el pago de las Mercancías a pesar de que la propiedad de cualquiera de las Mercancías no haya pasado al Comprador; (iii) designar a cualquier persona para que tenga pleno acceso a todas las cuentas, documentos y papeles del Comprador relacionados con las transacciones del Comprador con la Empresa, las Mercancías o el producto de la venta de las Mercancías.

(d) Nada de lo dispuesto en esta condición 5 conferirá derecho alguno al Comprador a devolver las Mercancías o a rechazar o retrasar el pago de las mismas.

(e) Los bienes que constituyan material de merchandising y punto de venta, cuando se proporcionen gratuitamente, seguirán siendo propiedad de la Empresa en todo momento.

6. Riesgo

Sujeto a lo dispuesto a continuación, las Mercancías correrán por cuenta y riesgo del Comprador a partir de la primera de las siguientes circunstancias: (i) la transmisión de la propiedad de las Mercancías al Comprador según lo dispuesto en la condición 5; o (ii) la entrega de las Mercancías según lo dispuesto en la condición 7.

7. Entrega

(a) Salvo que la Empresa indique lo contrario por escrito, la Empresa enviará las Mercancías al lugar establecido en el Pedido o a cualquier otro lugar que las partes acuerden (el "Lugar de Entrega") dentro de un plazo razonable tras la recepción del pedido del Comprador. Si la Empresa especifica una fecha para la entrega, dicha fecha se indicará y se entenderá únicamente como una estimación, y el plazo de entrega no será esencial.

(b) Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, se considerará que la entrega y la aceptación de las Mercancías por parte del Comprador tienen lugar dentro de los 3 días siguientes a la entrega física de las Mercancías en el Lugar de Entrega.

(c) La firma de cualquier albarán de entrega por cualquier agente, empleado, nominado o representante del Comprador o por cualquier transportista independiente será prueba concluyente de la entrega.

(d) Sin perjuicio de las demás disposiciones de las Condiciones, la Empresa no será responsable de ningún retraso en la entrega de las Mercancías (aunque sea causado por negligencia de la Empresa), ni ningún retraso dará derecho al Comprador a resolver o rescindir el Contrato, a menos que dicho retraso sea superior a 5 días.

(e) La Empresa no será responsable de ningún retraso en la entrega de las Mercancías que esté causado por un acontecimiento de Fuerza Mayor o por el hecho de que el Comprador no facilite a la Empresa las instrucciones de entrega adecuadas u otras instrucciones que sean relevantes para el suministro de las Mercancías.

(f) Sin perjuicio de cualquier derecho de la Empresa en virtud del presente, si el Comprador no acepta la entrega de las Mercancías cuando estén listas para su entrega, o la Empresa no puede entregar las Mercancías a tiempo porque el Comprador no ha proporcionado las instrucciones, documentos, licencias, consentimientos y autoridades adecuados:

(i) el Comprador pagará a la Empresa, como complemento del precio del Contrato, todos los costes de tránsito, almacenamiento y seguro, así como cualquier otro coste en que incurra la Empresa como consecuencia de ello; (ii) el riesgo de las Mercancías pasará al Comprador (incluso en caso de pérdida o daño causado por negligencia de la Empresa); y (iii) las Mercancías se considerarán entregadas a las 9:00 h del tercer Día Hábil posterior al día en que la Empresa notificó al Comprador que las Mercancías estaban listas.

(g) La Empresa tendrá derecho a entregar las Mercancías por plazos separados y a determinar la ruta y la forma de entrega de las Mercancías y, a los efectos del Artículo 32 (2) de la Ley, se considerará que tiene la autoridad del Comprador para celebrar el contrato con cualquier transportista que le parezca razonable a la Empresa.

(h) Cada plazo será un Contrato independiente que se facturará y pagará por separado y estará sujeto a las Condiciones (con las modificaciones necesarias). Ninguna cancelación o rescisión de un Contrato relativo a un plazo dará derecho al Comprador a repudiar o cancelar cualquier otro Contrato o plazo.

(i) La Empresa no será responsable de la falta de entrega de las Mercancías (aunque haya sido causada por negligencia de la Empresa) a menos que el Comprador notifique por escrito a la Empresa la falta de entrega en un plazo de 5 días a partir de la fecha en que las Mercancías se habrían recibido en el curso normal de los acontecimientos.

(j) Cualquier responsabilidad de la Empresa por la falta de entrega de las Mercancías se limitará, (a discreción de la Empresa), a (a) la entrega de las Mercancías dentro de un plazo razonable; (b) la sustitución de las Mercancías por otras de descripción y calidad similares dentro de un plazo razonable; o; (c) la emisión de una nota de crédito a la tarifa prorrateada del Contrato contra cualquier factura emitida por dichas Mercancías.

(k) La cantidad de cualquier envío de Mercancías registrada por la Empresa en el momento del envío desde el establecimiento de la Empresa será prueba concluyente de la cantidad recibida por el Comprador en el momento de la entrega, a menos que el Comprador pueda aportar pruebas concluyentes que demuestren lo contrario.

8. Garantía

(a) La Empresa no ofrece ninguna garantía con respecto a las Mercancías (o cualquier parte de las Mercancías) que no hayan sido fabricadas por la Empresa pero, siempre que sea posible, cederá al Comprador el beneficio de cualquier garantía obtenida por la Empresa del fabricante o proveedor de dichas Mercancías (pero sin que nada obligue a la Empresa a iniciar procedimientos contra dicho fabricante o proveedor ni a incurrir en gastos en relación con cualquier reclamación de este tipo por parte del Comprador).

(b) La Empresa garantiza que (con sujeción a las demás disposiciones de las Condiciones) en el momento de la entrega, las Mercancías fabricadas por la Empresa: (i) ser de calidad satisfactoria en el sentido de la Ley; y (ii) ser razonablemente aptos para su finalidad ordinaria prevista

(c) La Empresa no será responsable del incumplimiento de la condición 8(b) a menos que: (i) el Comprador haya notificado por escrito el defecto a la Empresa en un plazo de 7 días a partir del momento en que el Comprador descubra o debiera razonablemente haber descubierto el defecto y, si el defecto es consecuencia de daños durante el transporte, haya introducido los detalles de dichos daños en el recibo de entrega o haya declarado en el recibo de entrega que las Mercancías no han sido examinadas y, en cualquiera de los dos casos, los detalles de dichos daños se notifiquen a la Empresa en un plazo de 7 días laborables a partir de la entrega. Se aconseja al Comprador que examine las Mercancías en consecuencia; y (ii) se da a la Empresa una oportunidad razonable después de recibir la notificación para examinar dichas Mercancías y el Comprador (si así se lo pide la Empresa) devuelve dichas Mercancías al lugar de actividad de la Empresa a costa de la Empresa para que el examen tenga lugar allí.

(d) La Empresa no será responsable del incumplimiento de la condición 8(b) si: (i) el Comprador hace cualquier otro uso de dichos Bienes después de haber dado aviso conforme a la condición 8(c)(i); (ii) el defecto surge porque el Comprador no siguió la

las instrucciones de la Empresa en cuanto al almacenamiento, uso o mantenimiento de las Mercancías o

(iii) el Comprador altera o repara dichos Productos sin el consentimiento por escrito de la Empresa; (iv) el defecto se produce como resultado del desgaste normal, daño intencionado o negligencia, o (v) los Productos difieren de su descripción como resultado de cambios realizados para garantizar que cumplen los requisitos aplicables o normativos.

(e) Salvo en lo que respecta a las Mercancías (o parte de las Mercancías) no fabricadas por nosotros y con sujeción a las condiciones (c) y (d), si alguna de las Mercancías no se ajusta a la condición 8(b), la Empresa, a su elección, sustituirá o reparará dichas Mercancías (o la parte defectuosa) o reembolsará el precio de dichas Mercancías al precio contractual prorrateado, siempre que, si la Empresa así lo solicita, el Comprador, a expensas de la Empresa, devuelva las Mercancías o la parte de dichas Mercancías que sea defectuosa a la Empresa. Los Bienes devueltos sólo se aceptarán si van acompañados de un número de autorización de devolución válido obtenido de la Empresa.

(f) Si la Empresa cumple la condición 8(e), no tendrá ninguna otra responsabilidad por el incumplimiento de la condición 8(b) con respecto a dichas Mercancías.

(g) Toda Mercancía sustituida o reparada pertenecerá a la Empresa hasta que la propiedad de dicha Mercancía haya pasado al Comprador de acuerdo con la condición 5 y estará sujeta a estas Condiciones (con las modificaciones necesarias).

9. Limitación de responsabilidad

(a) Sin perjuicio de lo dispuesto en la condición 8, las siguientes disposiciones establecen la responsabilidad total de la Empresa (incluida cualquier responsabilidad por los actos u omisiones de sus empleados, agentes y subcontratistas) ante el Comprador con respecto a: (i) cualquier incumplimiento de las Condiciones; (ii) cualquier uso o reventa por parte del Comprador de las Mercancías, o de cualquier producto que incorpore las Mercancías; y (iii) cualquier representación, declaración o acto u omisión doloso, incluida la negligencia, que surja en virtud del Contrato o en relación con el mismo.

(b) Todas las garantías, condiciones y otros términos implícitos por ley o derecho consuetudinario (salvo las condiciones implícitas por la sección 12 de la Ley), o por costumbre comercial o curso de negociación quedan, en la medida máxima permitida por la ley, excluidos del Contrato.

(c) Nada de lo dispuesto en estas Condiciones excluye o limita la responsabilidad de la Empresa por: (i) muerte o daños personales causados por la negligencia de la Empresa o la negligencia de sus empleados; (ii) fraude o declaración fraudulenta; (iii) incumplimiento de las condiciones implícitas en el artículo 12 de la Ley; (iv) productos defectuosos según la Ley de Protección del Consumidor de 1987; o (v) cualquier asunto respecto al cual sería ilegal que la Empresa excluyera o limitara su responsabilidad.

(d) Sujeto a la condición 9(b) y a la condición 9(c): (i) la responsabilidad total de la Empresa, ya sea contractual, extracontractual (incluida la negligencia), por incumplimiento de obligaciones legales, tergiversación o de cualquier otro modo, que surja en virtud del Contrato o en relación con el mismo, se limitará al precio del Contrato.

(e) Sin perjuicio de lo dispuesto en la condición 9(b) y la condición 9(c), la Empresa no será responsable por agravio (incluida negligencia), contrato, incumplimiento de obligación legal, tergiversación o de cualquier otro modo, e incluso si es previsible por la Empresa, de cualquier reclamación, daño, pérdida o coste (ya sea directo o indirecto):

(i) lucro cesante;

(ii) pérdida de negocio y/o interrupción de negocio;

(iii) Pérdida de ahorros y/o contratos previstos;

(iv) pérdida de uso;

(v) pérdida de oportunidades;

(vi) pérdida del fondo de comercio; o

(vii) cualquier pérdida o daño indirecto, consecuente o especial.

(f) El Comprador reconoce que no se ha basado en ninguna declaración dada por la Empresa o en su nombre sobre cualquier asunto relacionado con las Mercancías que no esté establecido en el Contrato.

10. Propiedad intelectual

Cualquier patente, marca registrada, copyright u otro derecho de propiedad industrial o intelectual relacionado con (i) cualquiera de los Productos fabricados por la Empresa y (ii) cualquier material de merchandising o de punto de venta suministrado por la Empresa seguirá siendo propiedad absoluta de la Empresa y no se divulgará ni copiará sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Empresa.

11. Indemnización

El Comprador indemnizará a la Empresa y la mantendrá indemne frente a todos los costes, reclamaciones, demandas y gastos, cualquiera que sea su origen, relacionados con cualquier responsabilidad que pueda exigirse a la Empresa o que ésta pueda sufrir, pagar o incurrir en relación con las Mercancías, siempre que dichos costes, reclamaciones, demandas y gastos no se deban a ningún acto, omisión, negligencia o incumplimiento intencionado de la Empresa o de sus empleados o agentes.

12. Anulación

Los pedidos que hayan sido aceptados por la Empresa sólo podrán cancelarse con el consentimiento por escrito de la Empresa, que se otorgará únicamente en condiciones en las que el Comprador indemnizará a la Empresa por cualquier pérdida en la que ésta incurra en relación con el pedido cancelado. En caso de cancelación, todas las sumas pagaderas vencerán inmediatamente. Las mercancías devueltas sin el consentimiento por escrito de la Empresa no se aceptarán a crédito.

13. Asignación

(a) El Comprador no cederá ni transferirá ni pretenderá ceder o transferir ningún Contrato o el beneficio del mismo a ninguna persona sin el consentimiento por escrito de la Empresa.

(b) La Empresa podrá ceder, transferir, hipotecar, gravar, subcontratar o negociar el Contrato o cualquier parte del mismo con cualquier persona.

14. Fuerza mayor

Si la Empresa se ve impedida o retrasada en la entrega de las Mercancías o de cualquier parte de las mismas, o en el cumplimiento del Contrato o de cualquier parte del mismo, por causa de Fuerza Mayor, tendrá derecho, a su elección, ejercitable mediante notificación por escrito y sin responsabilidad para con el Comprador, a (i) cancelar el Contrato; (ii) reducir el volumen de los Bienes pedidos por el Comprador; (iii) ajustar el precio de los Bienes; o (iv) prorrogar, a partir de cualquier fecha de entrega estimada, el plazo o plazos de entrega por un periodo equivalente a aquel durante el cual se haya impedido dicha entrega o suministro, siempre que, si el acontecimiento en cuestión se prolonga durante un periodo continuado superior a 30 días, el Comprador tendrá derecho a notificar por escrito a la Empresa la resolución del Contrato.

15. Renuncia

(a) Cualquier incumplimiento o retraso por parte de la Empresa en el ejercicio de cualquier disposición del Contrato no constituirá una renuncia a ninguno de sus derechos o recursos en virtud del Contrato.

(b) Cualquier renuncia por parte de la Empresa a cualquier incumplimiento o falta de cumplimiento del Contrato por parte del Comprador no se considerará una renuncia a cualquier incumplimiento o falta de cumplimiento posterior y no afectará en modo alguno a los demás términos del Contrato.

16. Insolvencia e incumplimiento del Comprador

(a) El derecho del Comprador a la posesión de las Mercancías terminará inmediatamente y la Empresa podrá detener cualquier Mercancía en tránsito y suspender futuras entregas de las Mercancías y, mediante notificación por escrito al Comprador, resolver inmediatamente el Contrato sin perjuicio de la licencia concedida a los empleados y agentes de la Empresa en virtud de la condición 5 (c) o de cualesquiera otros derechos o reclamaciones que la Empresa pueda tener contra el Comprador, incluidos, sin limitación, los derechos de la Empresa en virtud de la condición 4 (d) si el Comprador: (i) sufre o se ve amenazado por cualquier caso de insolvencia, o cualquier procedimiento análogo; (ii) incumple o incumple cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato o de cualquier otro contrato entre las partes; (iii) deja de comerciar; o (iv) grava o carga de cualquier modo cualquiera de las Mercancías.

(b) La resolución o suspensión del Contrato, cualquiera que sea su causa, no afectará a ninguno de los derechos y recursos de las partes que se hayan devengado en el momento de la resolución. Las condiciones que, de forma expresa o implícita, sobrevivan a la resolución del Contrato continuarán en pleno vigor y efecto.

17. Protección de datos

(a) El Comprador da su consentimiento explícito al tratamiento de cualquier dato personal (tal y como se define dicho término en la Ley de Protección de Datos de 1998) proporcionado por el Comprador para fines relacionados con la ejecución del Contrato, que incluirá, cuando proceda, los siguientes fines especificados: (i) la obtención de referencias de crédito con el fin de que la Empresa pueda decidir si ofrece condiciones de crédito al Comprador; (ii) la facilitación por parte de la Empresa, previa solicitud, de referencias de crédito comercial; (iii) el intercambio de los datos personales con otros acreedores en caso de impago o problemas de pago experimentados con el Comprador por parte de la Empresa; y (iv) la transferencia de los datos personales del Comprador fuera del Espacio Económico Europeo, concretamente EE.UU.

(b) El Comprador se compromete a notificar a la Empresa y mantenerla informada de cualquier cambio en los datos personales facilitados a la Empresa antes o en el momento del primer pedido de Productos a la Empresa, y a ayudar a la Empresa a cumplir con las obligaciones de la Empresa en virtud de lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos de 1998.

(c) Las partes acuerdan que cumplirán sus respectivas obligaciones en virtud de la Ley de Protección de Datos de 1998.

18. Confidencialidad

Salvo que lo exija la ley o cualquier autoridad reguladora o gubernamental pertinente, o en la medida en que la información haya pasado a ser de dominio público por causas ajenas a la parte receptora, cada una de las partes tratará como estrictamente confidencial toda la información de carácter reservado o confidencial relacionada con el Contrato o derivada de cualquier negociación entre las partes, y sólo divulgará dicha información a aquellos de sus empleados que tengan necesidad de conocerla. Las obligaciones derivadas de esta condición 18 se aplicarán durante 12 meses a partir de la fecha de

el pedido más reciente del Comprador aceptado por la Empresa. 19. Avisos

(a) Cualquier notificación u otra comunicación enviada a una parte en virtud del Contrato o en relación con el mismo se hará por escrito, se dirigirá a dicha parte a su domicilio social (si se trata de una sociedad) o a su centro de actividad principal (en cualquier otro caso) o a cualquier otra dirección que dicha parte haya especificado a la otra parte por escrito de conformidad con esta condición, y se entregará personalmente enviada por correo de primera clase prepagado u otro servicio de entrega al día siguiente laborable, mensajería comercial o fax,.

(b) Una notificación u otra comunicación se considerará recibida: si se entrega personalmente, cuando se deje en la dirección mencionada en la condición 19(a); si se envía por correo prepagado de primera clase u otro servicio de entrega al siguiente día laborable, a las 9:00 de la mañana del segundo Día Laborable después de su envío; si se entrega por mensajero comercial, en la fecha y hora en que se firme el recibo de entrega del mensajero; o si se envía por fax, un Día Laborable después de su transmisión.

(c) Las disposiciones de esta condición, no se aplicarán a la notificación de cualquier procedimiento u otros documentos en cualquier acción legal.

20. Acuerdo completo

El Contrato constituye la totalidad del acuerdo y entendimiento de las partes con respecto al objeto del Contrato y sustituye a cualquier acuerdo, representación, convenio o entendimiento anterior (ya sea oral o escrito) entre ellas en relación con el objeto del mismo.

Cada una de las partes reconoce que celebrará el Contrato basándose únicamente en las declaraciones, garantías, promesas y términos específicamente contenidos en el Contrato.

21. No beneficia a terceros

Salvo que se estipule expresamente en el Contrato, ninguna cláusula del Contrato será ejecutable en virtud de la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 199 en modo alguno por ninguna persona que no sea parte del mismo.

22. Indemnización

Si alguna disposición de las Condiciones es considerada por cualquier autoridad competente como inválida, nula, irrazonable o inaplicable en su totalidad o en parte, se considerará separable y las restantes disposiciones de las Condiciones seguirán siendo de aplicación.

23. Ley aplicable y jurisdicción

El Contrato y cualquier disputa o reclamación (contractual o extracontractual) que surja de o en relación con el mismo o su objeto o formación se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de Inglaterra y las partes acuerdan irrevocablemente que los tribunales de Inglaterra tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa o reclamación (contractual o extracontractual) que surja de o en relación con el Contrato, su objeto o formación.

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